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VISA DE ESTUDIANTES

Si usted es un no inmigrante que desea estudiar a tiempo completo en los Estados Unidos, deberá tener una visa de estudiante. Existen dos categorías de visas de no inmigrante para personas que desean estudiar en los Estados Unidos. Estas visas se conocen comúnmente como las visas F y M.

Usted puede entrar en la categoría de visa F-1 o M-1 si cumple con los siguientes criterios:

  • Debe estar inscrito en un programa educativo “académico”, un programa de capacitación lingüística, o un programa vocacional
  • Su escuela debe tener la aprobación del Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés)
  • Debe estar inscrito en calidad de estudiante a tiempo completo de la institución.
  • Debe tener dominio del idioma inglés o estar inscrito en cursos para obtener dominio del inglés
  • Debe tener suficientes fondos disponibles para poder sufragar sus gastos durante todo el curso de estudio propuesto
  • Debe mantener una residencia en el extranjero que usted no tenga intención de entregar.
Visa de Estudiante F-1

La categoría de Visa F-1 (Estudiante Académico) le permite entrar a los Estados Unidos en calidad de estudiante a tiempo completo de un instituto, universidad, seminario, conservatorio, escuela secundaria (superior) académica, u otra institución o un programa de capacitación lingüística. Usted debe estar inscrito en un programa o currículo de estudio que culmine en la obtención de un grado, diploma o certificado, y su escuela debe tener autorización del gobierno estadounidense para aceptar estudiantes internacionales.

Visa de Estudiante M-1

La categoría de Visa M-1 (Estudiante Vocacional) incluye aquellos estudiantes que están programas vocacionales o no académicos, distintos a capacitación lingüística.

VISAS DE TURISTA

Si desea visitar Los Estados Unidos temporalmente o por razones de negocios puede solicitar la visa B1B2.

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PETICION DE FAMILIARES

La legislación americana permite que los ciudadanos y residentes legales de los Estados Unidos pueden pedir a sus familiares para que se les otorgue la residencia permanente.

Los ciudadanos pueden pedir a su esposo o esposa, prometida o prometido, hijos, padres y hermanos. Los residentes permanentes tan solo a sus esposos e hijos. La gran diferencia está en los tiempos del trámite y en el lugar donde lo pueden solicitar. más información

VISA  DE PROMETIDO O K-1

Si un ciudadano de USA quiere llevar a su prometido (a) extranjero (a) a Estados Unidos para contraer matrimonio deberá presentar el Formulario I-129F, Petición de Prometido(a)  extranjero(a). Este es el primer paso para obtener una visa de no inmigrante K-1 para su prometido (a). La visa de no inmigrante K-1 también se conoce como visa de prometido (a).

Para obtener una visa K-1 de prometido (a), usted y su prometido (a) deben tener la intensión de contraer matrimonio dentro de  90 días luego de que su prometido (a) sea admitido a EE. UU. como no inmigrante K-1. Su matrimonio debe ser válido, lo que significa que tanto usted como su prometido (a) tienen la intención genuina de establecer una vida juntos y el matrimonio no tiene el único propósito de obtener un beneficio de inmigración.

Si su prometido (a) se casa con usted dentro de 90 días luego de ser admitido a Estados Unidos como no inmigrante K-1, puede solicitar el estatus de residente permanente legal en EE.UU. (Tarjeta Verde o Green Card).
Si ya han contraído matrimonio, planean hacerlo fuera de Estados Unidos, o si su prometido (a) ya reside legalmente en Estados Unidos, su cónyuge o prometido (a) no es elegible para una visa de prometido (a).

INMIGRANTES ESPECIALES JUVENILES (SIJ)

El inmigrante especial juvenil es una ley que permite adquirir residencia permanente a ciertos jóvenes que han sido víctimas de abuso, abandonamiento o descuido por sus padres o por uno de ellos. Estos menores no requieren tener visa a los Estados Unidos ya que con solo hacerse presente en la frontera de este país y solicitar protección.

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ASILO

Las personas quienes buscan protección de los Estados Unidos por persecución o porque tienen temor de que sufrirán persecución por su: Raza, Religión, Nacionalidad, Pertenencia a un grupo social en particular u opinión política pueden ser elegibles al asilo. Para solicitar asilo, se debe presentar la forma I 589 dentro del plazo de un año a partir de la fecha de su llegada a los Estados Unidos.
Usted puede incluir en su solicitud a su cónyuge e hijos que se encuentran en los Estados Unidos al momento de presentarla o en cualquier momento antes de que se tome una decisión final sobre su caso. Para incluir su hijo en su solicitud, éste debe ser menor de 21 años de edad y soltero. más información

VISA U

El estatus No Inmigrante U (Visa U) está reservado para las víctimas de ciertos crímenes, que han sufrido abuso físico o mental y brindan ayuda a las agencias de orden público y oficiales gubernamentales en la investigación o prosecución de actividades criminales. El Congreso creó la visa de No Inmigrante U mediante la aprobación de la Ley de Protección a Víctimas de la Trata de Personas y Violencia (incluyendo la Ley de Protección de Mujeres Inmigrantes Abusadas) en octubre de 2000. Esta legislación está dirigida a fortalecer la capacidad de las agencias del orden público para investigar y procesar judicialmente los casos de violencia doméstica, abuso sexual, tráfico de extranjeros y otros crímenes, a su vez que protege las víctimas de los crímenes que han sufrido abuso mental o físico sustancial producto de dichos crímenes y están dispuestas a ayudar a las autoridades del orden público en la investigación y prosecución de la actividad criminal. La legislación también ayuda a las agencias del orden público a dar mejor servicio a las víctimas de crímenes. más información

VAWA

La petición VAWA que significa “acta contra la violencia de las mujeres” es una ley federal que fue aprobada por el Congreso en parte para proporcionar protección a inmigrantes maltratadas por sus cónyuges. VAWA permite a los cónyuges (hombre o mujer) maltratado/as a poder presentar una petición independientemente de su estatus de inmigración sin depender de su cónyuge ciudadano.

VAWA también ayuda para los padres de un niño que ha sido maltratado o sometido a crueldad extrema por su  cónyuge USC/LPR. Un niño que ha sido abusado por su padre USC/LPR puede también puede someter una auto petición bajo VAWA

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INVERSIONISTAS

Existen varias modalidades en este género en el cual las personas quienes desean inmigrar de manera temporal o permanente lo podrían hacer. A nivel de ejemplo mencionamos la visa E2

Requisitos Generales de un Inversionista por Tratado Comercial E-2

Para calificar para la clasificación E-2, el inversionista por tratado debe:

  • Ser ciudadano de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación

  • Haber invertido, o estar activamente en el proceso de inversión, de una cantidad sustancial de capital en una empresa genuina en Estados Unidos.

  • Tratar de ingresar a Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece mostrando propiedad de al menos el 50% de la empresa o posesión del control operacional a través de un puesto gerencial u otro dispositivo corporativo.

Una inversión es la colocación de capital del inversionista por tratado, incluidos fondos y / u otros activos, en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar una ganancia. El capital debe estar sujeto a pérdidas parciales o totales si la inversión falla. El inversionista del tratado debe demostrar que los fondos no se han obtenido, directa o indirectamente, de actividades delictivas.

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